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Ingreso Mínimo Vital: nuevos requisitos de acceso

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.

En el 2021 se han aprobado unos presupuestos generales del estado renovados. Con ellos llegan varias modificaciones que han entrado en vigor con el nuevo año.

En la materia que nos interesa hoy, el primero de ellos, es el incremento del 1’8% que ha experimentado esta ayuda. Le sigue una modificación de los requisitos, los cuales vamos a analizar.

En cuanto a los ingresos se ha aprobado una enmienda que acuerda que para solicitar el IMV se tengan en cuenta los ingresos transcurridos durante el año en curso. A efectos prácticos, esto significa que no se tendrá que esperar a que finalice el año en el que ha perdido sus ingresos para pedir la ayuda, y se podrá solicitar en cualquier momento del año.

Los servicios sociales pueden acreditar algunos de los requisitos exigidos para acceder a esta ayuda.

Además, se ha reducido de 3 a 2 los años de vida independiente aplicable a los solicitantes del IMV menores de 30 años. Anteriormente, era necesario que los usuarios que se encontraran en la edad de 23 y 29 años hubieran vivido de forma independiente durante al menos tres años anteriores a la solicitud.


Recordamos algunos de los requisitos ya existentes del Ingreso Mínimo Vital;

  1. Tener residencia en España

  2. Estar en situación de vulnerabilidad económica

  3. Haber solicitado las pensiones y prestaciones a las que pueda tener derecho. Se exceptúan salarios sociales, rentas mínimas de inserción y ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.


A continuación pasamos a analizar la tabla completa anual del ingreso mínimo vital en 2021;

  • Un adulto: 5.639,20 euros

  • Un adulto y un menor: 8.571,58 euros

  • Un adulto y dos menores: 10.263,34 euros

  • Un adulto y tres o más menores: 11.955,10 euros

  • Dos adultos: 7.330,96 euros

  • Dos adultos y un menor: 9.022,72 euros

  • Dos adultos y dos menores: 10.714,48 euros

  • Dos adultos y tres o más menores: 12.406,24 euros

  • Tres adultos: 9.022,72 euros

  • Tres adultos y un menor: 10.714,48 euros

  • Tres adultos y dos o más menores: 12.406,24 euros

  • Cuatro adultos: 10.714,48 euros

  • Cuatro adultos y un menor: 12.406,24 euros

  • Otros: 12.406,24 euros

Desde LexGent Abogados podemos ayudarte y presentar tu solicitud de forma electrónica.


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